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Legislación francesa sobre instalaciones fotovoltaicas: guía completa Los paneles solares son cada vez más populares como forma de producir electricidad limpia y reducir la factura energética. Pero en Francia, la instalación de paneles fotovoltaicos está sujeta a normas específicas. Este artículo pedagógico repasa la legislación que rige las distintas categorías de instalaciones fotovoltaicas -desde el pequeño autoconsumo en una vivienda particular hasta las centrales solares industriales- y detalla los procedimientos reglamentarios, umbrales técnicos, obligaciones fiscales y otros trámites (urbanismo, CONSUEL, conexión a Enedis, contratos de venta, etc.) que debe conocer. Dirigida tanto al público en general como a los instaladores, esta guía explica claramente las obligaciones legales en cada etapa, con ejemplos prácticos y enlaces útiles a recursos oficiales. Categorías de instalaciones fotovoltaicas En Francia, el marco reglamentario varía según el tipo de instalación solar. Las principales categorías son: autoconsumo sin inyección (se consume toda la producción y no se inyecta nada a la red), autoconsumo con inyección (se reinyecta el excedente y se vende una parte o la totalidad), instalaciones aisladas sin conexión a la red e instalaciones "industriales" de gran potencia. Cada una tiene sus limitaciones específicas, que describimos a continuación. Autoconsumo sin inyección (inyección cero a la red) En este caso, toda la electricidad generada por la energía solar se consume in situ, sin que el excedente se inyecte a la red pública. Técnicamente, o bien se utiliza un dispositivo para limitar la potencia o almacenar el excedente, o bien se dimensiona la instalación para que sea inferior a las necesidades instantáneas. Esta modalidad es adecuada para las personas que simplemente quieren reducir su factura eléctrica, pero no quieren vender su electricidad. Trámites administrativos: Incluso sin inyección, hay que cumplir los trámites urbanísticos. Si quiere instalar paneles en su tejado, generalmente necesita obtener una declaración previa de obras (DP) del ayuntamiento. En las zonas no protegidas, hay una excepción para las instalaciones muy pequeñas instaladas en el suelo: si la potencia no supera los 3 kWp y los paneles no tienen más de 1,80 m de altura, no se necesita autorización*. Sin embargo, en una zona protegida (sitio patrimonial, entorno de un monumento histórico, etc.), se requiere una DP independientemente del tamaño*. Para los proyectos integrados en una obra nueva, no olvide incluir los paneles en la licencia de obras. Por lo que respecta al operador de la red (Enedis), debe redactarse unconvenio de autoconsumo sin inyección (CACSI ) para formalizar que su instalación no enviará nada a la red(Convention d'autoconsommation sans injection pour une installation ...). Este convenio (un sencillo formulario) debe cumplimentarse a través del portal Enedis antes de la puesta en servicio. Compromete al autoproductor a bloquear la inyección de cualquier excedente, generalmente mediante un inversor parametrizado o un dispositivo de gestión*. En la práctica, Enedis instala un contador Linky capaz de distinguir entre extracción e inyección, pero en este modo de "inyección cero", el contador no debería registrar nunca ninguna energía inyectada. Consuely conformidad: La buena noticia es que las pequeñas instalaciones de autoconsumo total pueden quedar exentas del certificado Consuel en determinadas condiciones. El certificado Consuel no es obligatorio si la potencia de salida (potencia del inversor) de la instalación no supera los 3 kVA y no hay acumulador *◘. Por debajo de este umbral, y sin inyección, se considera que la conexión no requiere una inspección sistemática de Consuel. Sin embargo, por encima de 3 kVA o si tu sistema incluye almacenamiento (batería), necesitarás que Consuel certifique la instalación eléctrica *◘. En términos prácticos: un kit solar de 2 kW sin inyección en una casa podrá evitar Consuel, mientras que una instalación de 6 kW requerirá un certificado. En caso necesario, deberá utilizarse el formulario Consuel azul para una instalación de producción sin almacenamiento, o el formulario morado si se utilizan baterías *◘ (véase la sección dedicada a los formularios Consuel más abajo). Tenga en cuenta que por debajo de 3 kW sin inyección, basta con una simple declaración CACSI a Enedis y no es necesario el Consuel *◘. Umbrales técnicos que deben respetarse: Un punto importante es la potencia máxima inyectada en una fase de la red. En Francia, por encima de 6 kVA por fase, la conexión debe ser trifásica(Paneles solares trifásicos: ¿es posible? (Guía 2025)). Esto significa que si su instalación supera ~6 kW de potencia de inversor monofásico, Enedis le exigirá que cambie a trifásico (o que limite el inversor a 6 kW). Sin embargo, en autoconsumo sin inyección, es raro instalar mucho más de 6 kW en una vivienda monofásica, ya que cualquier excedente se perdería. En la práctica, el límite de 6 kVA suele corresponder a la potencia suscrita de su contador. No puede inyectar más potencia que la suscrita: si sólo tiene un contrato de 6 kVA (monofásico) y su producción solar supera momentáneamente los 6 kW, el disyuntor de conexión se disparará*. Por lo tanto, tiene que dimensionar bien su contrato o aumentar su abono/trifase de conexión si es necesario. Obligaciones fiscales y subvenciones: Al no haber reventa de electricidad, no tiene ingresos que declarar a Hacienda. Usted se limita a consumir su energía, que no está sujeta a impuestos. Sin embargo, la propia instalación puede beneficiarse de un IVA reducido al 10% si cumple los siguientes criterios: debe ser instalada por un profesional en una vivienda de más de dos años, tener una potencia ≤ 3 kWp y estar conectada a la red*. La mayoría de las instalaciones residenciales a pequeña escala cumplen estos criterios, lo que significa que los clientes solo pagan un 10% de IVA en la factura en lugar de un 20%. Por ejemplo, un particular que sea propietario de su vivienda (terminada hace más de 2 años) y tenga instalados 3 kWp para autoconsumo se beneficiará del tipo de IVA del 10% *○. Sin embargo, por encima de 3 kWp, se aplica el tipo normal del 20%(el nuevo IVA 2025 se reduce al 5,5% para los paneles solares). Nótese que sin reventa no se plantea la cuestión de la exención fiscal, y no es posible que un particular reclame el IVA de la compra del equipo en este caso (reclamar el IVA implica tener una actividad de venta sujeta al IVA, véase más abajo). A partir del 1 de octubre de 2025, el suministro y la instalación de paneles fotovoltaicos con una capacidad igual o inferior a 9 kWp se beneficiarán de un tipo único reducido del 5,5%, que sustituirá a los tipos anteriores del 10% y el 20%.⚠️ Atención: la aplicación de este tipo reducido estará sujeta a condiciones medioambientales y técnicas específicas, que se confirmarán mediante una próxima orden ministerial. Ejemplo práctico - autoconsumo total de 3 kWp: El Sr. Durand instala 8 paneles (3 kWp) en su tejado, exclusivamente para autoconsumo. Presenta una declaración previa en el ayuntamiento (obligatoria para instalar paneles en un tejado) y firma un acuerdo CACSI con Enedis que confirma la inyección cero*. Su instalador configuró el inversor para que no se inyectara a la red la energía sobrante. Como la instalación es de 3 kW, el Consuel no es necesario en su caso *◘. El Sr. Durand pagó un 10% de IVA por el suministro y la instalación del sistema, ya que la potencia es ≤3 kWp y su casa tiene más de 2 años *. Después de la puesta en marcha, no tiene que hacer ningún otro trámite: toda la energía solar alimenta directamente su vivienda, por lo que su contador Linky no debería mostrar nunca ninguna inyección. En los meses en que su producción supera su consumo instantáneo, el exceso de energía simplemente se pierde (su inversor reduce automáticamente la potencia). Pero la mayor parte del tiempo, el Sr. Durand la consume toda, y ve cómo baja su factura de la luz. Autoconsumo con inyección (venta del excedente o venta total) En este caso, su instalación inyecta toda o parte de su producción en la red pública. Hay dos subcasos: venta de excedentes (usted consume prioritariamente y vende sólo los excedentes) y venta total (toda la producción se inyecta y se vende, usted no consume nada directamente). El marco jurídico de estas dos configuraciones es similar, con algunos matices, porque en ambos casos te conviertes en productor de electricidad conectado a la red. Procedimientos y contratos de conexión: A diferencia del sistema de inyección cero, usted establecerá una conexión con inyección con Enedis. El primer paso es presentar una solicitud de conexión de producción en línea -preferiblemente a través de la cuenta de conexión en línea de Enedis*-. Enedis examinará su solicitud y le pedirá que firme un contrato de conexión, acceso y explotación, a menudo denominado CRAE*. Este contrato con Enedis le autoriza a inyectar electricidad en la red hasta una potencia determinada*. Una vez finalizada la instalación, deberá obtener el certificado Consuel (certificado de conformidad eléctrica) y enviarlo a Enedis*. A continuación, Enedis pondrá en servicio la conexión, normalmente programando o activando su contador Linky en modo producción. El contador inteligente Linky está calibrado para medir por separado la energía extraída de la red y la energía inyectada *○. Al mismo tiempo, necesita firmar un contrato de compra para obtener valor por la electricidad que inyecta. En la mayoría de los casos de pequeñas instalaciones, se utiliza el mecanismo Obligation d'Achat (OA) con EDF OA, una filial de EDF encargada de comprar la producción solar a una tarifa regulada ****. El contrato de OA fija una tarifa de alimentación garantizada durante 20 años*○, definida por decreto ministerial. Las tarifas vigentes dependen de la potencia y el tipo de instalación (excedente o venta total) y disminuyen cada trimestre para los nuevos proyectos*○. Por ejemplo, en el 1er trimestre de 2025, para una instalación residencial: la tarifa para la venta de excedentes es de unos 0,10 euros por kWh hasta 9 kWp, y el particular se beneficia también de una prima de autoconsumo de 390 euros por kWp instalado (pagada en 5 años) *○. Para las ventas totales, las tarifas rondan los 0,13 euros/kWh para ≤3 kWp, 0,087 euros/kWh para 9 kWp, 0,079 euros/kWh para 36 kWp, etc.*☺. Estas cifras cambian con regularidad, por lo que es aconsejable consultar el sitio web oficial Photovoltaique. info para conocer las últimas tarifas *○. En el momento de la puesta en servicio, dispondrá por tanto de tres documentos clave: el certificado Consuel homologado, el convenio CRAE firmado con Enedis y el contrato de venta firmado con EDF OA (u otro comprador homologado) **. Enedis informará al comprador de la puesta en servicio de la instalación para que pueda iniciarse el contrato de suministro **. Hay que tener en cuenta que no es obligatorio vender a EDF OA: existen otros compradores de energía (Enercoop, TotalEnergies, etc.), pero EDF OA es el más habitual en el marco de la tarifa regulada. Planificación y ubicación: Las normas urbanísticas para instalar paneles son idénticas a las vistas anteriormente. En los tejados, se requiere una declaración previa en la mayoría de los casos*. En el suelo, las pequeñas instalaciones destinadas a la reventa plantean un caso especial: los recientes decretos tarifarios exigen que la venta de excedentes de electricidad se refiera a instalaciones en edificios (tejados) y no en el suelo. La venta de excedentes sólo es admisible para las instalaciones instaladas en tejados **. Una instalación en el suelo de unos pocos kilovatios no puede beneficiarse del contrato OA para los excedentes. En cambio, una instalación sobre suelo de 9 kWp o más ** puede venderse en su totalidad (por debajo de este umbral, las instalaciones sobre suelo no pueden venderse en su totalidad en el marco regulado). Así pues, un particular que quisiera poner 6 kW de paneles en el fondo de su jardín sin consumirlos no podría vender en el marco estándar de la OA, a menos que acudiera a una licitación específica (poco probable a esta escala). En la práctica, las pequeñas potencias a vender están casi siempre en tejados o estructuras de edificios. Para grandes cubiertas (>250 m²) o sombreado de aparcamientos, se aplica el marco del permiso simplificado (DP), independientemente de la potencia, salvo en sectores protegidos (véase el apartado Industrial más abajo). Consuel y conformidad: Toda instalación que implique inyección requiere un Consuel obligatorio antes de que Enedis *○ conecte la alimentación. Como se ha indicado anteriormente, se utilizará el formulario azul (producción sin almacenamiento) o el formulario morado (con almacenamiento). Si la instalación es mixta (producción + consumo doméstico modificado), es posible que el instalador tenga que rellenar dos certificados (uno amarillo para la parte de consumo y otro azul/violeta para la parte de producción) *○. Consuel comprueba que el inversor cumple las normas, que la conexión al cuadro eléctrico cumple la norma NF C15-100 y que los dispositivos de protección (seccionadores, protectores contra sobretensiones, etc.) son conformes. Este certificado de conformidad es indispensable para que el operador de red autorice la puesta en servicio *○. Enedis se negará a poner en servicio el contador de producción sin el Consuel correspondiente. Umbrales técnicos: También en este caso, el umbral de 6 kVA por fase es determinante. Para inversores de más de 6 kW, se requiere una conexión trifásica**. Esto significa que para instalar, por ejemplo, 9 kWp de electricidad excedentaria en una casa con una conexión monofásica de 6 kVA, tendrá que cambiar el contador a trifásico de 9 kVA o limitar el inversor a 6 kW como máximo **. Muchas instalaciones residenciales están limitadas a 6 kW para poder seguir siendo monofásicas. Además, no debe superar la potencia de inyección de su abono: no puede inyectar más de lo que puede soportar el interruptor automático **. Si tiene un abono de 9 kVA (45 A) y un inversor de 9 kW, esto tiene sentido; pero si sólo tiene un abono de 6 kVA, un inversor de 9 kW provocaría el disparo del disyuntor en caso de producción máxima. En resumen, hay que considerar conjuntamente el dimensionamiento de la instalación, la potencia de conexión y el sistema monofásico/trifásico. Existen otros umbrales en la normativa: 36 kVA es la potencia máxima para que una instalación permanezca en baja tensión estándar con Enedis. Por encima de este umbral (entre 36 y 250 kVA, y después >250 kVA), los procedimientos de conexión son más complejos (a menudo conexión a la red de media tensión). Pero para instalaciones domésticas o pequeñas instalaciones profesionales, generalmente nos quedamos ≤36 kVA. También hay que conocer los niveles de potencia de la tarifa de alimentación: ≤3 kWp, ≤9 kWp, ≤36 kWp, ≤100 kWp, ≤500 kWp, etc., teniendo cada nivel una tarifa de alimentación o unas condiciones específicas (por ejemplo, por encima de 100 kWp se recurre a una licitación en lugar de a una tarifa estándar). Por ejemplo: hasta 9 kWp en un edificio, se aplica la tarifa de alimentación regulada sin licitación*☺; entre 100 y 500 kWp en un edificio, sigue existiendo una tarifa (Orden de 6 de octubre de 2021), pero es más baja*☺; por encima de 500 kWp, no hay tarifa de alimentación automática, y hay que presentarse a una licitación (CRE). Obligaciones fiscales: En cuanto la energía se revende, aunque sea parcialmente, hay implicaciones fiscales. Afortunadamente, la producción a pequeña escala está exenta del impuesto sobre la renta en determinadas condiciones. El artículo 35 ter del Código General de Impuestos exime los ingresos procedentes de la venta de electricidad fotovoltaica si: la potencia instalada es ≤ 3 kWp, está conectada a un máximo de 2 puntos de entrega y la actividad no es profesional(BIC - Ámbito de aplicación y territorialidad - Exenciones - venta de energía fotovoltaica por personas físicas | bofip.impots.gouv.fr). En la práctica, esto cubre la mayoría de los particulares con sistemas solares de hasta 3 kWp. Por tanto, si vende el excedente de su instalación de 3 kWp, los ingresos de EDF OA están exentos de impuestos *○. Tenga en cuenta, no obstante, que esta exención no significa que no tenga que declararlos: sigue teniendo que consignar el importe en su declaración anual de la renta (impreso 2042 C Pro), aunque sea en una línea imponible de 0 euros **. En cambio, en cuanto la instalación supera los 3 kWp, los ingresos procedentes de la reventa tributan como beneficios industriales y comerciales (BIC) *○. El régimen más sencillo para los particulares es el micro-BIC (ingresos anuales < 77.700 euros), con una desgravación a tanto alzado del 71% sobre los ingresos procedentes de la venta de electricidad. En la práctica, si recibe 500 euros de las ventas de OA de EDF, sólo tributará por el 29% de esta cantidad en virtud del régimen micro-BIC, a su tipo impositivo marginal. Una vez más, tendrá que rellenar el formulario 2042 C Pro para declarar estos ingresos. Por lo que se refiere al IVA, el principio es el explicado anteriormente: 10% hasta 3 kWp (si lo instala un profesional en una vivienda de más de 2 años) **, 20% por encima(Cuál es el IVA de un panel solar de 3 kWp - Soleriel). Sin embargo, los particulares con un contrato de reventa pueden optar por el estatuto de microempresa para recuperar el IVA de su inversión. Para ello, deben cumplir una serie de criterios: instalación > 3 kWp, conectada y con un contrato de venta de excedentes (no hay IVA recuperable si no se vende realmente, por ejemplo con una batería virtual) **, y los paneles deben estar instalados en el edificio (cubierta superpuesta) **. Si se cumplen estas condiciones, el productor individual puede darse de alta (por ejemplo, como microempresa no sujeta al impuesto con una franquicia básica) para que la instalación pueda tratarse como una actividad: entonces facturará a EDF OA el IVA de la electricidad vendida (EDF OA está acostumbrada a ello y pagará sin IVA), y podrá recuperar el IVA pagado por la instalación inicial *. A cambio, pierde el beneficio del tipo reducido del 10% en la compra (pagará el 20% y luego lo reclamará). Este enfoque tiene sentido para instalaciones un poco más grandes (por ejemplo, de 6 o 9 kWp) para recuperar varios miles de euros de IVA inicial. Un consejo: busque ayuda profesional o consulte impots.gouv.fr antes de elegir esta opción. Por último, cabe señalar que los paneles solares están exentos del impuesto sobre bienes inmuebles cuando se instalan en el tejado de un edificio, tanto para los particulares como para las empresas**. En otras palabras, añadir paneles a su casa no aumenta el valor catastral imponible del alquiler. En cambio, para una empresa, los paneles instalados en el suelo pueden incluirse en la base imponible del impuesto sobre bienes inmuebles (en el caso de las centrales eléctricas instaladas en el suelo) **. Ejemplos concretos - autoconsumo con reventa : Venta de excedentes (vivienda unifamiliar): La Sra. Dupont instala 6 kWp de paneles en su tejado. Utiliza la energía durante el día y el excedente se vierte a la red. Ha presentado un DP al ayuntamiento y ha firmado un CRAE con Enedis para inyectar 6 kW*. Su instalador (RGE) ha obtenido el Consuel (formulario azul) y Enedis ha puesto en servicio el contador inteligente. La Sra. Dupont ha firmado un contrato con EDF OA, que le pagará 0,10 euros por kWh excedente durante 20 años. Por sus 6 kWp, también recibe una prima de autoconsumo de ~1.800 euros repartida en 5 años (importe indicativo en función del trimestre de solicitud), prima que EDF OA le ingresa en su cuenta bancaria cada año. Como su instalación supera los 3 kWp, los ingresos que percibe (unos cientos de euros al año) están sujetos a impuestos. Sin embargo, ha optado por el régimen micro-BIC: por ejemplo, por 500 euros de ingresos anuales, sólo se añadirían 145 euros a su base imponible tras una desgravación del 71%. Ella declara estos ingresos en su declaración 2042 C Pro cada primavera. Desde un punto de vista técnico, su instalación de 6 kW funciona en monofásica porque es el límite aceptable; si planeara ampliarla a 9 kW, tendría que pasar a trifásica. Venta total (agricultor o empresa): SCEA du Soleil instala 36 kWp de paneles en el tejado de su granero para obtener ingresos adicionales. En este caso, toda la producción se vierte a la red: la granja no utiliza la electricidad directamente. El gerente elaboró un expediente de conexión Enedis (36 kVA trifásicos), obtuvo la aprobación de Consuel y firmó un contrato OA de venta total a unos 0,08 €/kWh durante 20 años (tarifa 3 kWp, por lo que se requiere PD). No se ha firmado ningún acuerdo con Enedis, ya que la instalación no está conectada a la red pública. El sistema abastece al chalet de forma totalmente independiente. No se solicitó formalmente el Consuel, pero el instalador siguió las normas vigentes. Como el refugio no tiene ingresos de reventa, no hay implicaciones fiscales (aparte del IVA sobre la compra del equipo). Esta situación sigue siendo marginal y afecta principalmente a los emplazamientos alejados de la red, pero demuestra que la obligación de seguridad (normas eléctricas) sigue siendo general, incluso fuera de la red. Instalaciones industriales y de gran potencia Esta categoría engloba las instalaciones fotovoltaicas de gran potencia: grandes tejados solares en almacenes o edificios terciarios, huertos solares en el suelo, grandes sistemas de sombreado en aparcamientos, etc. Estos proyectos, que a menudo superan los 100 kWp o incluso los MW, suelen estar respaldados por empresas, autoridades locales u operadores profesionales. En este caso, la legislación combina los aspectos vistos anteriormente (conexión, contrato de OA o licitaciones, fiscalidad de una actividad comercial) con obligaciones adicionales debidas al tamaño del proyecto. Urbanismo y evaluaciones de impacto: Las instalaciones de gran tamaño deben cumplir la normativa urbanística vigente y, en su caso, la normativa medioambiental. En el caso de las instalaciones en suelo, el procedimiento depende de la potencia y la altura. Según el código de urbanismo, una central montada en el suelo con una potencia ≥ 3 MW requiere permiso de obras*. Por debajo de 3 MW, por regla general, basta con una declaración previa (salvo excepciones locales) *. Por supuesto, al tratarse de superficies tan grandes, una solicitud de planificación debe incluir un estudio de masa, un estudio de integración paisajística, etc., y el ayuntamiento puede exigir permiso de planificación incluso para una central más pequeña si la huella es considerable. En las zonas protegidas, cualquier instalación ≥ 3 kWp requiere permiso de obras*, lo que significa que incluso un huerto solar de 100 kWp dentro del perímetro de un monumento histórico tendrá que obtener permiso de obras con el asesoramiento de la ABF. En cuanto al medio ambiente, desde un decreto de 2022, los proyectos fotovoltaicos se benefician de un umbral más elevado para los estudios de impacto. Hoy en día, una instalación en suelo ≤ 300 kWp está exenta de evaluación ambiental previa *♣. Entre 300 kWp y 1 MWp, puede exigirse una evaluación de impacto ambiental caso por caso (decisión de la autoridad medioambiental) *♣. Por encima de 1 MWp (1000 kWp), es obligatorio un estudio de impacto completo y sistemático (así como una investigación pública)*♣. Estos umbrales sólo se aplican a las instalaciones montadas en el suelo: las centrales montadas en tejados o a la sombra están exentas de evaluación ambiental independientemente de su potencia *♣, lo que facilita mucho los proyectos en grandes edificios. En resumen, un huerto solar de 5 MW requerirá licencia urbanística y una evaluación de impacto en profundidad, mientras que una cubierta de 5 MW sobre un almacén "sólo" requiere una declaración previa (y ninguna evaluación de impacto formalizada, aparte del estudio de la estructura del edificio, claro). Conexión a la red: las instalaciones industriales suelen superar la capacidad de la red convencional de baja tensión. En general, Enedis exige una conexión de media tensión (MT) a partir de una potencia de conexión de 250 kVA. Esto significa instalar un transformador elevador (a menudo una subestación prefabricada) para alimentar la red de 20 kV. El promotor del proyecto debe financiar la subestación de entrega y cualquier obra de ampliación de la red (línea de media tensión hasta el emplazamiento). El proceso de conexión es más largo que el de una instalación a pequeña escala: se requieren varios meses de estudios y trabajos. Enedis emite una Propuesta de Conexión específica con presupuesto y calendario, válida durante unos meses *-. El contrato firmado con Enedis será un Contrato de Acceso y Explotación de la Red (a menudo denominado todavía CRAE) que cubrirá la protección, el mantenimiento, etc. Para los grandes proyectos, también se requiere un acuerdo de adscripción a una Entidad Responsable del Balance si la electricidad no se vende como OA (por ejemplo, si se vende directamente en el mercado) *-. Sin embargo, la mayoría de las centrales de hasta 500 kWp siguen utilizando el marco OA (venta total) con EDF OA, lo que significa que no tienen que gestionar ellas mismas el balance de red*-. Consuely seguridad: Como es lógico, todas estas instalaciones deben obtener un Consuel antes de su puesta en servicio, como cualquier otra instalación de producción *♦. La documentación que debe aportarse al Consuel es más extensa: esquemas unifilares, notas de cálculo, etc., a través del expediente técnico SC 144 que debe adjuntarse a los certificados azul/violeta(Expedientes técnicos - CONSUEL). El instalador debe ser competente y estar autorizado para este tipo de trabajos. Las normas de seguridad (NF C15-100 y NF C13-100 para HTA) son estrictas. Por ejemplo, se requiere una protección de desacoplamiento (relé de protección contra sobretensiones de 59 minutos, etc.), que deberá ser comprobada por el Consuel y por Enedis al finalizar los trabajos. Durante la puesta en servicio, Enedis también comprobará que los dispositivos de desacoplamiento y protección de la instalación funcionan correctamente*-. Contrato de compraventa de producción: Para potencias ≤ 500 kWp en un edificio, el productor puede seguir optando por el contrato EDF OA con tarifa regulada (de acuerdo con la Orden de 6 de octubre de 2021)(¿Qué regulación fotovoltaica de 100 a 500 kWp?). Por ejemplo, una planta de 200 kWp en el tejado de una fábrica puede vender a ~0,10€/kWh durante 20 años sin pasar por una licitación. En cambio, las grandes centrales instaladas en el suelo no entran en este marco: normalmente, >500 kWp en el suelo = obligación de participar en licitaciones nacionales (CRE) para obtener una tarifa, o vender directamente en el mercado mediante un contrato privado (PPA) si se renuncia a las subvenciones. Las licitaciones introducen otras obligaciones (pliegos de condiciones, garantías financieras, etc.) que van más allá del ámbito de este artículo. Para las capacidades intermedias (por ejemplo, 1 MW en un tejado), a menudo nos encontramos en el límite de dos mundos, y el promotor del proyecto optará por dividir el proyecto en unidades de 500 kW para aprovechar la ventana abierta, o bien solicitar a la CRE la totalidad del proyecto. Hay que tener en cuenta que, desde 2023, los contratos de compra de OA (y las primas) exigen que el instalador que lleve a cabo la instalación tenga la certificación RGE (Reconnu Garant de l'Environnement) ****. En el caso de las grandes instalaciones, esto suele darse por supuesto, ya que los instaladores serios están cualificados, pero ahora se ha convertido en una condición formal para recibir subvenciones. Obligaciones de los profesionales y cualificaciones : Las grandes instalaciones deben ser realizadas por empresas cualificadas. En Francia, la etiqueta RGE QualiPV es indispensable para los instaladores que quieran que sus clientes se beneficien de las primas y subvenciones públicas(QualiPV | Qualit'EnR). Hay varios niveles de cualificación QualiPV: por ejemplo, QualiPV 36 (para instalaciones de hasta 36 kVA) y QualiPV 500 (hasta 500 kVA)(QualiPV | Qualit'EnR). Una empresa que instale una planta de 300 kWp necesitará la cualificación QualiPV 500 para ser reconocida como RGE para este proyecto. Esto garantiza su competencia tanto en los aspectos eléctricos como, en caso necesario, en la integración del sistema en el edificio. Los profesionales también deben cumplir las buenas prácticas y normas (NF C15-100, guía UTE C 15-712-1 para la energía fotovoltaica, etc.). En los polígonos industriales, puede haber limitaciones adicionales: por ejemplo, en los establecimientos abiertos al público, debe comprobarse el cumplimiento de la normativa de seguridad contra incendios (materiales ignífugos, dispositivos de parada de emergencia accesibles a los bomberos, etc.). Del mismo modo, en un edificio protegido o en una zona protegida, un profesional tendrá que proponer soluciones de integración visual (como tejas solares o una instalación discreta en el tejado) para obtener la aprobación de los Architectes des Bâtiments de France. Ejemplo - Huerta solar de 100 kWp sobre el terreno: Imaginemos un proyecto de 100 kWp (unos 250 paneles) en un terreno agrícola. El operador presenta una declaración previa al ayuntamiento (potencia
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